VAMOS A VOLVER

OTRA VEZ SOPA

(Por Fabián Nesis*) La mesa está servida: Trabajo, justicia, medios, disciplinamiento y “mafias”. Una retórica oficial que prepara el terreno para el plato principal ya conocido por todos: flexibilización laboral.


Acudiendo a ciertos dichos populares, nada mejor que el mencionado título para volver a pensar sobre el trillado “costo laboral” que ocupa numerosos espacios en cada discurso oficial, desde hace décadas. Un reciente trabajo de Pedro Kesselman publicado en Página 12 se remontaba a 70 años de repetidos argumentos.

Sin ir tan lejos, viene al recuerdo la furiosa campaña que el gobierno Menemista traía de la mano de un fallecido comunicador televisivo que cada martes, en su “Tiempo Nuevo”, exageraba cifras al extremo para comentar casos de juicios por hipoacusia en Rosario que, luego se comprobó, excedían largamente la totalidad de pleitos que tramitaban en esa ciudad por todas las materias.

Sin embargo, esos mensajes resultaron un trampolín necesario para inaugurar una etapa de flexibilización en la Argentina a través de normas dictadas por el Congreso de la Nación: los denominados contratos basura y las más esclavizantes formas de contratación, que al cabo de un tiempo no sólo generaron su rechazo judicial sino que a la vez reflejaron una tasa de desempleo inaudita, por su alza. Para esa época, la Justicia Nacional del Trabajo, salvo algunas excepciones, resultó un foco de resistencia a la denominada “flexibilización laboral”.

Hoy, la arremetida contra “la mafia laboral”, que incluye a Letrados y Jueces del Trabajo, no parece ajena a esos razonamientos, a pesar de haber quedado demostrado que la mejor solución para el desempleo es pensar en un país de matriz productiva, como se pudo comprobar durante la última década, con creación de numerosos puestos de trabajo. Ahora bien: ¿tanto una como otra realidad tienen como necesario espejo la litigiosidad?

La respuesta ha de seguir ambigua, no contundente, en tanto la pérdida de empleo y la falta de inversión en materia de higiene y seguridad en el trabajo generarán lógicos reclamos judiciales. Los primeros por su misma pérdida, los segundos por el padecimiento de una disminución como consecuencia de un accidente o enfermedad profesional. A su vez, el mayor empleo genera un espacio de movilidad transversal que puede impulsar ciertos reclamos, tanto indemnizatorios como accidentales, precisamente, proporcionales a la mayor cantidad de trabajadores incorporados al sistema. De modo que no parece sensato horrorizarse ante la existencia de reclamos laborales en uno u otro sentido.

Sin embargo, cuando se publica un fallo como el dictado por la Corte Suprema actual en la causa “López, Enrique c/Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales” del 4 de julio del corriente año, un recorrido por los portales, diarios, noticieros y cuanto alud informativo aparezca, le otorgan una entidad a la decisión que ha sido más que analizada por distintos autores, según su propia visión.

Tal vez, irónicamente, podríamos imaginar al Sr. López siendo indagado en un programa televisivo de chismes e interés general, integrado, esencialmente por panelistas que opinan de todo, sabiendo poco o nada. O tal vez, en otros programas televisivos de la noche donde opinólogos del sin-saber mezclan la biblia con el calefón y apuntan contra sus invitados. El Sr. López podría comentar su accidente de trayecto y las razones por las cuales no pudo o no quiso presentarse a una revisión médica, que al fin y al cabo, le valió su popularidad. Como otrora Fabiana López (para los más jóvenes una esposa despechada de un humilde trabajador que había ganado un Prode millonario), o el López de las puertitas.

Empero, el caso puntual pasará sin pena ni gloria del conocimiento popular y quedará en la memoria de los juristas, como un “precedente”. La gente se olvidará de López y nunca sabrá si pagó o no realmente los gastos. Asimismo, seguramente, la aseguradora no será más rica si no le cobra los gastos al Sr. López.

Y sin que la comunidad jurídica se pueda asombrar de la conclusión del Máximo Tribunal, en cuanto al contenido del fallo, cuesta bastante creer en la liviandad del mensaje, precisamente, por su oportunidad.

No es discutido que el que pierde un juicio abona sus costos. Tampoco el principio general que así lo determina. Y mucho menos, el beneficio de gratuidad que impuso el legislador para garantizar el acceso a la Justicia por parte del trabajador. Pero las normas son lo que el intérprete decide, según cada momento. Y en esto se verifica una gran experticia vernácula, que las ubica a la medida de sus antojos (léase intereses).

Si se repasan los artículos al respecto de los últimos días, se comprobarán voces a favor y en contra, según cada quien y el lugar que ocupa. Y esto siempre es válido, a mi juicio.

Sin embargo, llama la atención que nuestro Máximo Tribunal haya dedicado su precioso tiempo a un tema tan menor dentro de un proceso y a instancias de una aseguradora que se habría visto tan perjudicada por tener que afrontar los gastos de un juicio, que, en lo sustancial la tuvo por ganadora.

En todo proceso hay vencedores y vencidos y, justamente, el proceso laboral ha consagrado una norma de principio como el de gratuidad que, a esta altura no debiera ser cuestionada. Y, en esencia, entiendo que el fallo en crisis ha dejado sembrada esa semilla, a través de un mensaje que puede amedrentar a muchos trabajadores y ciudadanos, y de ese modo impedir accesos para disminuir la tan mentada industria del juicio. Tal vez logre tal cometido, tal vez no.

En definitiva, otra vez sopa…


* Abogado y Docente UBA